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SICNEA RELACIONADO CON PERMISO DE EMBARQUE QUE CANCELA UNA O MAS IMPORTACIONES TEMPORARIAS.

Estudio Carballeiro

19-06-2026
Vencimiento del permiso no tiene que ser posterior a la importación temporaria que cancela.  En el día de hoy Arca envió una COMUNICACIÓN GENERAL  relacionada con exportaciones que cancelan importaciones temporarias.  Indica que desde el 23/6 el agente presentador realizará un nuevo control sobre el permiso de embarque. El control consiste en ver que el […]

Vencimiento del permiso no tiene que ser posterior a la importación temporaria que cancela.

 En el día de hoy Arca envió una COMUNICACIÓN GENERAL  relacionada con exportaciones que cancelan importaciones temporarias.

 Indica que desde el 23/6 el agente presentador realizará un nuevo control sobre el permiso de embarque. El control consiste en ver que el vencimiento del permiso de embarque no sea posterior al vencimiento de la temporaria que cancela.

 Cabe mencionar que si el permiso de embarque presentado se relaciona con una carga ya ingresada a depósito fiscal el trámite sigue su curso ordinario sin estar alcanzado por el nuevo control.

 Pero si la carga no está en depósito el agente deberá ver cuando tiene vencimiento la temporaria (si son varias temporarias las que se cancelan en el mismo acto el control se realizará considerando el vencimiento más cercano).

 Si el permiso de embarque vence antes que el vencimiento de la  temporaria el trámite sigue su curso ordinario.

 Pero si el permiso vence  con posterioridad al vencimiento de la importación temporaria el agente decidirá entre una de las siguientes opciones:

  •  Modificar el vencimiento del permiso para que sea igual al vencimiento de la temporaria que cancela (si son varias se ajusta considerando el vencimiento más cercano)  o
  • La cancelación de la presentación del permiso de embarque a los efectos que el interesado  pida prórroga de la temporaria para que el nuevo vencimiento de la temporaria sea posterior al vencimiento del permiso de embarque que la cancela.

 La Comunicación  en cuestión   indica lo siguiente:

Presentación declaración detallada

 A partir del día 23/06 próximo se implementara un nuevo control al momento de la presentación de la declaración detallada respecto al vencimiento de permisos de embarque que cancelan declaraciones suspensivas.

Con excepción de aquel permiso de embarque haya sido previamente ingresado a depósito provisorio de exportación.

La presentación controlara que el vencimiento del permiso de embarque no sea posterior al vencimiento de la temporal que cancela con vencimiento mas próximo.

Cuando la fecha de vencimiento de la temporal que venza primero, sea anterior al vencimiento del permiso de embarque, el sistema advertirá la situación al agente del servicio aduanero, para que decida si debe modificar el vencimiento del permiso a la fecha en que vence la temporal, o bien cancelar la presentación para que el interesado prorrogue la temporal.

  

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